IVA del 10% en alquiler turístico: novedades para Granada

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Oct 01, 2026Por HavenHomes

Actualizado el 1 de octubre de 2026. Fuente: BOE, 30 de septiembre de 2026.

Una de las novedades que más interesa a los propietarios de apartamentos turísticos en Granada es la fiscalidad de las próximas reservas. El Real Decreto-ley 26/2026 modifica el IVA con efectos desde el 1 de diciembre de 2026: contempla el tipo del 10% para determinados alquileres amueblados de hasta 30 noches, con una excepción vinculada a la residencia habitual del arrendador. También contempla los servicios propios de la industria hotelera.

Qué revisar antes de modificar tus tarifas

Nuestra recomendación es preparar una revisión conjunta de calendario, precios y facturación con la asesoría fiscal. No basta con añadir un porcentaje al anuncio: conviene comprobar qué operaciones quedan afectadas y cómo se tratarán los anticipos y las reservas ya formalizadas. No presentamos esta noticia como una instrucción de liquidación para todos los propietarios.

• Identifica las reservas que atraviesan el cambio de fecha.
• Comprueba si tus tarifas se comunican como precio final.
• Separa ingresos, comisiones y gastos en tus informes.
• Confirma con la asesoría el tratamiento de cada alojamiento.
Un ejemplo para entender el precio

Si una operación sujeta tiene una base de 100 euros, un 10% supone 10 euros y un total de 110 euros. Si el precio final se mantiene en 110 euros, conviene desglosarlo antes de comparar la rentabilidad con otros períodos.

Consulta el texto del BOE, artículo 7. Al tratarse de un decreto-ley reciente, debe seguirse su tramitación y cualquier modificación posterior.

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